El Servicio de Rentas Internas mediante la resolución NAC-DGERCGC22-00000024, establece que los sujetos pasivos obligados a la emisión de comprobantes de venta, retención y documentos complementarios bajo la modalidad electrónica, conforme lo señalado en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución, que sean calificados como agentes de retención por el Servicio de Rentas
Internas, incluidos los contribuyentes especiales, deberán implementar obligatoriamente la versión ATS de comprobantes de retención, de conformidad con lo dispuesto en la ficha técnica de comprobantes electrónicos, disponible en el portal web del Servicio de Rentas Internas (www.sri.gob.ec), hasta el 29 de noviembre de 2022.